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Ficha de Subvención | |||
Título: Incentivos para el desarrollo energético sostenible |
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Organismo: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa |
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Normativa: |
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Finalidad: Orden de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2009-2014. |
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Conceptos subvencionables: |
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Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarios de estos incentivos, las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o sus agrupaciones, cuando la inversión o gasto se realice en Andalucía. 2. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas mencionadas en el apartado anterior deberán nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación y no podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En la solicitud deberán hacer constar los compromisos de ejecución así como el importe del incentivo a aplicar por cada miembro. 3. También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o se encuentren en la situación que motive la concesión del incentivo. |
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Normas y requisitos: |
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Documentación necesaria: |
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Plazos de presentación de solicitudes: Hasta el 30 de diciembre de 2014 |
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