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Ficha de Subvención | |||
Título: Deducciones de la Renta 2008 |
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Organismo: Junta de Andalucía |
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Normativa: |
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Conceptos subvencionables: |
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Beneficiarios: Mujeres y jóvenes emprendedores. Se considerará mujer emprendedora, a efectos de esta deducción, a aquella que cause alta en el censo de empresarios, profesionales y otros obligados tributarios previsto en la normativa estatal, por primera vez durante el período impositivo, así como mantener esa situación de alta durante un año natural, siempre que dicha actividad se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se considerará joven emprendedor, a efectos de esta deducción, al contribuyente en el que concurran los siguientes requisitos:
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Normas y requisitos: |
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Documentación necesaria: |
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Plazos de presentación de solicitudes: |
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