Imprimir | Cerrar | ||
Ficha de Subvención | |||
Título: Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 |
|||
Organismo: Ministerio de Ciencia e Innovación |
|||
Normativa: |
|||
Finalidad: La Línea Instrumental de Infraestructuras Científicas y Tecnológicas reagrupa los instrumentos cuyos objetivos estratégicos son incrementar las capacidades españolas en términos de infraestructuras científico-tecnológicas, crear las óptimas condiciones de aprovechamiento de éstas y contribuir a su construcción y explotación por el conjunto de los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología y Empresa. El objeto de estas ayudas es incrementar la capacidad de las infraestructuras científico-tecnológicas, promoviendo su creación, mejorando su mantenimiento y optimizando su uso por todos los agentes del sistema, así como potenciar la participación española en las grandes instalaciones internacionales. |
|||
Conceptos subvencionables: |
|||
Beneficiarios: a) Centros públicos de I+D+i: se consideran como tales las universidades públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia, los Organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, los centros de I+D+i con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, y los centros de I+D+i vinculados o dependientes de Administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurídica, así como las entidades públicas con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D+i, incluidos los centros tecnológicos y los centros de innovación tecnológica cuya propiedad y gestión sean mayoritariamente de las Administraciones Públicas. Las convocatorias podrán extender la condición de beneficiario a: No podrán tener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. |
|||
Normas y requisitos: |
|||
Documentación necesaria: |
|||
Plazos de presentación de solicitudes: 20 días a partir de la publicación |
|||
Imprimir | Cerrar |