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  Ficha de Subvención  
     
  Título:
Modificación de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio y artesanía
 
  Organismo:
Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
 
 

Normativa:
BOJA nº 243 de 12 de diciembre de 2007, p.167

 
  Conceptos subvencionables:
 
  Beneficiarios:

a) Modalidad 1, Urbanismo Comercial a Ayuntamientos (URB): Entidades Locales de Andalucía.

b) Modalidad 2, Modernización de pequeña y mediana empresa comercial e implantación de sistemas de calidad (PYM): Comerciantes minoristas, ya sean personas físicas o jurídicas, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía.

c) Modalidad 3, Fomento del asociacionismo comercial y el desarrollo de Centros Comerciales abiertos (ASC): Asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes, domiciliadas en Andalucía.

d) Modalidad 4, Promoción comercial (PRO):
d.1. Pequeñas y medianas empresas (PYMES) productoras, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d.2. Agrupaciones de empresas productoras o consorcios de exportación de PYMES productoras, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
d.3. Asociaciones empresariales sin ánimo de lucro, establecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que integren a un único sector productivo.

e) Modalidad 5, Promoción de Ferias Comerciales Oficiales(FER):
e.1. Instituciones feriales existentes en Andalucía, reconocidas como tales conforme a lo establecido en la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, y en el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decreto 81/1998, de 7 de abril.
e.2. Entidades públicas no territoriales radicadas en Andalucía que organicen ferias comerciales oficiales conforme a las normas referidas en el punto anterior.

f) Modalidad 6, Promoción de Eventos Comerciales (PEC): Entidades Locales de Andalucía.

g) Modalidad 7, Modernización y fomento de la Artesanía(ARA/E):
g.1. Asociaciones profesionales cuyos miembros sean artesanos individuales o empresas artesanas y sus estatutos incluyan como objeto principal, el fomento y la defensa de la artesanía, así como sus federaciones y confederaciones de artesanos sin ánimo de lucro legalmente constituidas. (ARA)g.2. Empresas artesanas. (ARE)

 
  Normas y requisitos:
 
  Documentación necesaria:
 
  Plazos de presentación de solicitudes:
Entre el 1 y el 31 de enero de cada año
 
  Descarga de Documentos:  
  ModificacionOrden.pdf  
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