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  Ficha de Subvención  
     
  Título:
Subvenciones para la celebración de congresos, seminarios y otras actividades de promoción
 
  Organismo:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
 
 

Normativa:
BOE nº 34, de 8 de febrero de 2008

 
  Finalidad:

Resolución de 6 de febrero de 2008, de la Subsecretaría, por la que se convocan subvenciones destinadas a la celebración de congresos, seminarios y otras actividades de promoción que se refieran al ámbito de competencias del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

 
  Conceptos subvencionables:
 
  Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades de derecho público o privado que estén legalmente constituidas, con excepción de las Administraciones Públicas contempladas en el artículo 2.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En todo caso la entidad beneficiaria deberá reunir los siguientes requisitos:
a) Que carezca de fines de lucro; a tales efectos se entenderá que también cumplen el requisito aquellas entidades que, careciendo de fines de lucro, desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las actividades subvencionadas se destinen al cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
b) Que acredite ante el órgano concedente que reúne condiciones de solvencia técnica, eficacia y experiencia para realizar la actividad para la que solicita la subvención, en los términos establecidos en el apartado sexto.1.c de esta resolución. En particular la entidad solicitante deberá presentar una relación de actividades realizadas similares a la propuesta y un estado de ingresos y gastos del ejercicio anterior.

 
  Normas y requisitos:
 
  Documentación necesaria:
 
  Plazos de presentación de solicitudes:
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución
 
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