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Aprobada la nueva distribución de competencias sancionadoras en riesgos laborales |
La norma se adecua a los cambios en la estructura administrativa y al Servicio Andaluz de Empleo |
Miércoles, 14 de junio de 2006
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que determina los órganos competentes para la imposición de sanciones por infracciones a la normativa de relaciones laborales, prevención de riesgos laborales y empleo. La nueva distribución de competencias sustituye a la vigente desde 1988 (revisada parcialmente en 1996) con el fin de adecuarla a los recientes cambios en la estructura administrativa y a la existencia del Servicio Andaluz de Empleo.
De acuerdo con el decreto, las atribuciones sancionadoras en materia de relaciones laborales se repartirán entre las delegaciones provinciales de la Consejería de Empleo (hasta 6.10,12 euros), Dirección General de Trabajo y Seguridad Social (hasta 30.050,61), Consejería de Empleo (60.101,21) y Consejo de Gobierno de la Junta (hasta 90.151,82).
En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, las competencias corresponderán a las delegaciones provinciales de la Consejería de Empleo (hasta 30.050,61 euros), Dirección General de Seguridad y Salud Laboral (hasta 90.151,82), Consejería de Empleo (hasta 300.506,05) y Consejo de Gobierno de la Junta (hasta 601.012,10). Este último órgano también tendrá la potestad de acordar la suspensión o el cierre de centros de trabajo cuando concurran circunstancias de excepcional gravedad en las infracciones referidas a seguridad y salud laboral.
Finalmente, la competencia sancionadora para infracciones en materia de empleo se concentrará en la persona titular del Servicio Andaluz de Empleo.
FUENTE: Junta de Andalucía |
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