Andalucía, 26 de octubre de 2006
La Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados aprobó, el martes 24 de octubre, el dictamen sobre la reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía con el apoyo unánime de las Cortes Generales y del Parlamento andaluz, a excepción de los dos representantes del PA, que votaron en contra.
El dictamen aprobado se debatirá en el Pleno del Congreso de los Diputados el próximo 2 de noviembre. A partir de ahí se abrirá un nuevo trámite de enmiendas en el Senado, donde el texto quedará aprobado si no se introducen modificaciones. La ratificación definitiva del texto se producirá en referéndum el 25 de febrero de 2007.
El PSOE y el PP alcanzaron previamente un acuerdo sobre la redacción definitiva que se dará al término “realidad nacional” de Andalucía en el preámbulo del futuro Estatuto de Autonomía, así como la definición en el artículo 1 del texto. Este consenso permitió desbloquear el apoyo global del Partido Popular al futuro Estatuto en la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados.
Asimismo, el presidente de la Junta, Manuel Chaves, resaltó que en el acuerdo para la reforma del Estatuto de Andalucía logrado por las fuerzas políticas "no ha habido vencedores ni vencidos y sólo un gran vencedor que es el pueblo andaluz". En cuanto al término “realidad nacional”, el titular andaluz aseguró sentirse "muy satisfecho" de que figure en el preámbulo del texto estatutario, ya que "está vinculado a la historia y al presente de la comunidad".
Por su parte, el presidente del PP-A, Javier Arenas, se declaró "muy, muy contento" tras la aprobación del dictamen, a la vez que se congratuló porque los parlamentarios han sabido "anteponer los intereses de Andalucía a las legítimas aspiraciones de cada uno".
El alto grado de consenso alcanzado en la Comisión Constitucional ha sido posible tras las modificaciones introducidas al texto en relación a la referencia a la 'realidad nacional' de Andalucía, el derecho a "la dignidad en el proceso de la muerte", la enseñanza laica o la clasificación de las competencias.
Además la nueva redacción sobre la denominada “deuda histórica”, recogida en la Disposición Adicional Segunda del Estatuto, establece un plazo de tres años a partir de la aprobación del nuevo Estatuto para que el Estado afronte su liquidación y de 18 meses como tiempo máximo para su cuantificación por parte de las administraciones central y autonómica, al tiempo que se introduce la posibilidad de que la Administración General del Estado realice "anticipos a cuenta".
Fuente: Gabinete de comunicación de Feansal
|