Tras diez años de reivindicaciones, con la aprobación del proyecto de ley este tipo de empresas recibirán ayudas y bonificaciones por la tarea de inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social, con especiales dificultades para su acceso al mercado de trabajo, y deberán destinar al menos el 80 por ciento de sus resultados a la mejora de sus estructuras productivas y de inserción.
La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad el Proyecto de Ley de las Empresas de Inserción. En este proyecto se han incluido 30 enmiendas a la Ley, entre las cuales se encuentran todas las presentadas por FEDEI. Tras este paso, continúa la tramitación parlamentaria, de tal manera que el Proyecto de Ley será enviado al Senado para su debate y aprobación, y después regresará al Congreso.
Entre otras cuestiones, en este proyecto de Ley se regulan los tipos de contratos y se establecen bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social de 850 euros durante toda la vigencia del contrato o durante tres años en caso de contratación indefinida. Además, se reconoce la competencia de las Comunidades Autónomas a la hora de dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la futura ley en el marco de sus competencias de asistencia social, así como posibilita que las Empresas de Inserción se organicen en una estructura asociativa y puedan recibir ayudas económicas para su promoción y funcionamiento. Las enmiendas añadidas al proyecto elaborado por el Gobierno posibilitan también que se incorpore a las personas procedentes de centros de alojamiento alternativo y de servicios de prevención e inserción social como colectivos objeto de la ley.
La iniciativa legislativa, que fue aprobada en junio por el Consejo de Ministros y cuenta ya con el dictamen del Consejo Económico y Social (CES), se centra en aquellas empresas que se dedican a contratar a excluidos sociales con el objeto de que, una vez aplicadas medidas sociales y de adaptación profesional, puedan emplearse en el mercado laboral ordinario. Las Empresas de Inserción deberán estar promovidas y participadas por entidades promotoras al menos en un 51% del capital social, así como mantener un porcentaje de trabajadores en proceso de inserción del 30% de la plantilla durante los tres primeros años y del 50% a partir del cuarto. Además, deberán reinvertir al menos el 80% de los resultados en la mejora de sus estructuras productiva y de inserción.Asimismo, las Empresas de Inserción y los trabajadores podrán celebrar contratos de trabajo temporal de fomento de empleo, que tienen por objeto la prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena en una Empresa de Inserción como parte esencial de un itinerario personalizado, y podrá concertarse por un periodo mínimo de 12 meses y máximo de 3 años.
Por otro lado, podrán concertarse contratos de trabajo de carácter indefinido o duración determinada ajustándose a las modalidades contempladas en la legislación laboral vigente.La propuesta del Ejecutivo pretende, asimismo, que la regulación de las Empresas de Inserción aumente el número de personas excluidas socialmente que serán atendidas en procesos de inserción sociolaboral. Desde el punto de vista de las políticas públicas se trata de sustituir políticas pasivas por activas.
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