Quienes somos
Objetivos
Convenios
Afiliación
Localización
Contacta
Preguntas
Servicios que ofrece Feansal
Servicio Fiscal y Contable
Servicio Jurídico y Laboral
Formación
Empleo
Servicios de Nuevas Tecnologías
Gabinete de Comunicación
Subvenciones
Centro Empresarial
Agenda de eventos
Sociedades Laborales
Información disponible
Autoempleo
Normativa aplicable
Artículos de Interés
Publicaciones
Zona de prensa
 
ISO 14001-04
ISO 9001-04 
Feansal Afiliada a:
Confesal Cepes

      Página de Inicio de Feansal
Últimas Novedades..
Suscríbete a nuestro Boletín Electrónico
Enlaces interesantes...

  Novedad Recomienda esta noticia Imprimir esta noticia
El 30 de Septiembre finaliza el plazo para cambiar la base de los autónomos
Posibilidad de cambiar la base de cotización del autónomo
El plazo durante el cual se puede efectuar el cambio de base de cotización de los trabajadores autónomos es el comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de cada año, surtiendo efectos el cambio a partir del día 1 de enero del año siguiente.

Durante el plazo indicado el trabajador autónomo podrá realizar tantas solicitudes como desee ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo únicamente la última petición realizada antes del 30 de septiembre la que será tomada en cuenta como base de cotización para el año natural siguiente.

Conviene recordar que los trabajadores con 30 años o menos de edad o las mujeres con 45 años o más de edad, podrán optar por la base mínima de 572,70 euros mensuales (opción alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Volver Recomendar esta noticia Índice
Correo Web para Empresas y Asociados Zona reservada para la intranet de Feansal
Periódico Digital
 

Aviso legal / Protección de datos / Datos identificativos Feansal 2005. Todos los derechos reservados. Resolución óptima 1024x768