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La protección de datos en las pymes |
Las multas por cesión de bases de datos con información sobre ciudadanos pueden acarrear multas de entre 600 y 600.000 euros |
La Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (L.O. 15/1999, de 13 de diciembre) desarrolla una serie de obligaciones para aquellas entidades que posean ficheros de carácter personal. De esta manera, el artículo 2 de dicha norma establece que la misma será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado. Con esta regulación, prácticamente el 100% de las empresas quedan sujetas a unas obligaciones que, en caso de incumplimiento, pueden acarrear multas de entre 600 y 600.000 euros, las más duras de toda Europa. Precisamente para garantizar el cumplimiento de la LOPD y evitar la imposición de este tipo de sanciones, la Agencia Española de Protección de Datos ha iniciado una campaña para dar a conocer la normativa vigente entre las empresas, ya que de las cerca de cinco millones de empresas que existen en España, alrededor de cuatro millones no tienen el documento de seguridad, a las que se aplica una sanción media de 60.000 euros. Para obtener una mayor información sobre el cumplimiento de la normativa vigente, pueden acceder a la siguiente dirección: www.agpd.es. |
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