El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha aprobado nueve Reales Decretos que incluyen los primeros 35 certificados de profesionalidad, que son las acreditaciones de las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral.
Los certificados de profesionalidad y su formación asociada tienen como objetivo dar respuesta a las necesidades de la sociedad del conocimiento, basada en la competitividad, la empleabilidad, la movilidad laboral y el fomento de la cohesión y la inserción laboral. Su expedición corresponde a la Administración competente, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral. Actualmente, según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), de una población activa de 22 millones el número de ocupados en el primer trimestre de 2008 se situó en 20 millones, de los que 13 no tienen cualificación inicial reconocida.
Nueve millones de trabajadores
Por consiguiente, los certificados, que se obtienen por una parte, tras superar todos los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad y, por otra, mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, pueden constituirse en un instrumento de acreditación de competencias para el desarrollo de una actividad laboral al que se podrían presentar, potencialmente, hasta 9 millones de trabajadores.
Estos primeros treinta y cinco certificados se estructuran en las siguientes familias profesionales: Hostelería y Turismo (10) Agraria (12) Imagen personal (3) Madera, mueble y corcho (1) Química (2) Imagen y sonido(1) Energía y agua (2) Servicios socioculturales y a la comunidad (2) Comercio y marketing (2) y han sido seleccionados siguiendo, entre otros, los siguientes criterios de prioridad:
- Incidencia económica de estos sectores productivos en el mercado laboral.
- Demanda de trabajadores cualificados y ausencia de oferta formativa, o bien que dicha oferta no responda a las necesidades reales del mercado laboral.
- Surgimiento de actividades laborales ligadas a la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
- Aparición de actividades laborales ligadas a la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural.
- Establecimiento de formación asociada a actividades laborales relacionadas con el desarrollo sostenible del medio ambiente, el patrimonio natural y la biodiversidad.
Fuente:www.tt.mtas.es
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