El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal, SPEE, que sustituye al actual modelo organizativo basado en criterios de gestión centralizada para todo el ámbito nacional.
Con la transferencia de funciones y servicios para su ejecución por las comunidades autónomas, era necesario diseñar un modelo con planteamientos más descentralizados, en el que el Servicio Público de Empleo figurara como pieza clave, pero no única, del Sistema Nacional de Empleo.
El Real Decreto aprobado define las competencias atribuidas al SPEE, en el marco de la Ley de Empleo, enumera sus órganos rectores, y describe las atribuciones de la Dirección General del Organismo y de las Subdirecciones Generales, que se reducen a siete, variando en algunos supuestos sus competencias y, en otros, adecuándolas al nuevo modelo, así como de los órganos rectores y la estructura periférica, entre otros puntos.
La mencionada Ley de Empleo, aprobada en diciembre de 2003, establece un nuevo modelo de definición y gestión de las políticas de empleo en España, cuyo objetivo primordial es incrementar la eficiencia del funcionamiento del mercado de trabajo y mejorar las oportunidades de incorporación al mismo par conseguir el objetivo del pleno empleo.
Dicho objetivo se busca a través de la cooperación y coordinación entre las Administraciones implicadas, de modo que se logre la máxima efectividad, movilizando y optimizando todos los recursos disponibles.
Estrechar la coordinación
Además, los cometidos derivados del nuevo sistema de formación profesional para el empleo, y de la modernización de las prestaciones por desempleo, hacen necesario estrechar la coordinación entre las políticas activas y la protección por desempleo para su adecuación a la actual distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, una vez finalizado prácticamente el proceso de traspaso de la gestión de las políticas activas a éstas, además del marco determinado por la Estrategia Europea para el Empleo.
Asimismo, el Acuerdo para la mejora del crecimiento y el empleo, suscrito el 9 de mayo de 2006 como resultado de la Mesa de Diálogo Social, contempla medidas para potenciar las políticas activas y los servicios públicos de empleo y para mejorar la protección de los trabajadores ante la falta de empleo, y cita expresamente la necesidad de instrumentar por el Gobierno un Plan Global de Modernización del SPEE.
Todo ello ha hecho necesario que se acometa una revisión de la estructura orgánica del SPEE, de manera que se adecue dicha estructura orgánica a los fines encomendados, se garantice la cooperación y coordinación entre las Administraciones implicadas y donde el Sistema Nacional de Empleo se constituya el instrumento nuclear para conseguir tal finalidad.
Fuente:www.tt.mtas.es
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